Actualidad - los profesionales de las terapias naturales trasladan al congreso su preocupación por la falta de regulación del sector
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20 de noviembre de 2023
Los profesionales de las terapias naturales trasladan al congreso su preocupación por la falta de regulación del sector
El presidente de COFENAT, Roberto San Antonio-Abad, ha registrado en el Congreso de los Diputados una petición de regulación de las Terapias Naturales, con objeto de llamar la atención de los Grupos Parlamentarios acerca de esta importante necesidad del sector.
La meta es lograr que desde todos los niveles institucionales se reconozca la importancia de regular un conjunto de prácticas cada vez más aceptadas y consumidas por la sociedad. “Quien conozca a alguien que no haya probado los beneficios de Terapias Naturales, como la Medicina Tradicional China y la Acupuntura, la Naturopatía o la Osteopatía, así como otras técnicas manuales, que levante la mano. ¿No es hora ya de comenzar con la regulación ante el aumento de la demanda como llevamos reclamando hace años”, ha indicado el presidente de COFENAT.
Esta acción se enmarca en el contexto del impulso que realiza COFENAT desde su creación, en 1984, para que las diversas administraciones públicas se tomen con más seriedad la necesidad de establecer una regulación del sector para beneficio de los usuarios y de los profesionales.
Texto registrado
Necesidad de acometer una regulación del ejercicio de las terapias naturales
En la actualidad, la actividad de los profesionales de las terapias naturales se encuentra reconocida desde el punto de vista fiscal y tributario. El Real Decreto 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, incluye este tipo de técnicas como actividad empresarial en el Grupo 944: servicios de naturopatía, acupuntura y otros servicios parasanitarios; y como actividad profesional, en la Agrupación 84, Profesionales relacionados con actividades parasanitarias, del Grupo 841: naturópatas, acupuntores y otros profesionales parasanitarios.
El RD considera a las terapias naturales, en su conjunto, como una actividad económica sujeta al impuesto de actividades económicas y a la que se denomina parasanitaria, es decir, que posee semejanza con una actividad sanitaria, pero que no goza de esa naturaleza. Así, los profesionales de las terapias naturales vienen realizando trimestralmente sus correspondientes declaraciones de I.V.A., sin que hasta la fecha nadie les haya impedido tributar por ello.
Sin embargo, dicha regulación fiscal y tributaria resulta insuficiente, por lo que desde COFENAT se insiste en la necesidad de acometer una regulación del ejercicio de las terapias naturales, con la intervención de todos los agentes implicados para que, de forma conjunta, se garantice la prestación de los servicios a los usuarios y se aporte la necesaria seguridad jurídica en el sector, cuestión que se solicita formalmente mediante el registro de este documento al Congreso de los Diputados.
Existen antecedentes que pueden ayudar a acometer esta regulación, en concreto el Decreto del Gobierno de Cataluña 31/2007, de 30 de enero de 2007, y la Ley 71/2013 que regula el ejercicio de las terapias naturales en Portugal.
Importante:
“Ya hemos obtenido respuesta por parte del Congreso donde se nos informa que los destinatarios, en este caso los portavoces de los diferentes partidos, ya han sido informados, por lo que eso nos impulsa hacia el camino de seguir insistiendo y luchando por el reconocimiento que los profesionales y el sector de las Terapias Naturales se merece en España.”
La meta es lograr que desde todos los niveles institucionales se reconozca la importancia de regular un conjunto de prácticas cada vez más aceptadas y consumidas por la sociedad. “Quien conozca a alguien que no haya probado los beneficios de Terapias Naturales, como la Medicina Tradicional China y la Acupuntura, la Naturopatía o la Osteopatía, así como otras técnicas manuales, que levante la mano. ¿No es hora ya de comenzar con la regulación ante el aumento de la demanda como llevamos reclamando hace años”, ha indicado el presidente de COFENAT.
Esta acción se enmarca en el contexto del impulso que realiza COFENAT desde su creación, en 1984, para que las diversas administraciones públicas se tomen con más seriedad la necesidad de establecer una regulación del sector para beneficio de los usuarios y de los profesionales.
Texto registrado
Necesidad de acometer una regulación del ejercicio de las terapias naturales
En la actualidad, la actividad de los profesionales de las terapias naturales se encuentra reconocida desde el punto de vista fiscal y tributario. El Real Decreto 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, incluye este tipo de técnicas como actividad empresarial en el Grupo 944: servicios de naturopatía, acupuntura y otros servicios parasanitarios; y como actividad profesional, en la Agrupación 84, Profesionales relacionados con actividades parasanitarias, del Grupo 841: naturópatas, acupuntores y otros profesionales parasanitarios.
El RD considera a las terapias naturales, en su conjunto, como una actividad económica sujeta al impuesto de actividades económicas y a la que se denomina parasanitaria, es decir, que posee semejanza con una actividad sanitaria, pero que no goza de esa naturaleza. Así, los profesionales de las terapias naturales vienen realizando trimestralmente sus correspondientes declaraciones de I.V.A., sin que hasta la fecha nadie les haya impedido tributar por ello.
Sin embargo, dicha regulación fiscal y tributaria resulta insuficiente, por lo que desde COFENAT se insiste en la necesidad de acometer una regulación del ejercicio de las terapias naturales, con la intervención de todos los agentes implicados para que, de forma conjunta, se garantice la prestación de los servicios a los usuarios y se aporte la necesaria seguridad jurídica en el sector, cuestión que se solicita formalmente mediante el registro de este documento al Congreso de los Diputados.
Existen antecedentes que pueden ayudar a acometer esta regulación, en concreto el Decreto del Gobierno de Cataluña 31/2007, de 30 de enero de 2007, y la Ley 71/2013 que regula el ejercicio de las terapias naturales en Portugal.
Importante:
“Ya hemos obtenido respuesta por parte del Congreso donde se nos informa que los destinatarios, en este caso los portavoces de los diferentes partidos, ya han sido informados, por lo que eso nos impulsa hacia el camino de seguir insistiendo y luchando por el reconocimiento que los profesionales y el sector de las Terapias Naturales se merece en España.”