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RECORDATORIO VERIFACTU Y LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA.
VeriFactu y la facturación electrónica.
Después de varios años de espera e incertidumbre, ya se conoce los plazos definitivos para la implantación de estas nuevas obligaciones. Por ello, es importante que empieces a familiarizarte con estos cambios y puedas preparar con tiempo la adaptación de tu sistema de facturación.
Ambas normativas tienen un objetivo común: avanzar hacia una mayor digitalización de los procesos de facturación, mejorar la trazabilidad de las operaciones y reforzar el control sobre la información enviada a la Agencia Tributaria. Sin embargo, es importante diferenciar entre ambas obligaciones, ya que no afectan exactamente de la misma forma.
¿Qué es VeriFactu?
VeriFactu nace de la Ley Antifraude y afecta a los sistemas utilizados para emitir facturas. Su finalidad es garantizar que las facturas se generen mediante programas que aseguren la integridad, conservación y trazabilidad de los registros de facturación, evitando modificaciones posteriores que no queden registradas.
Esto implica que los programas de facturación deberán estar adaptados a los nuevos requisitos técnicos establecidos por la normativa, incluyendo aspectos como la generación de códigos QR y la posibilidad de remitir los registros de facturación a la Agencia Tributaria cuando corresponda.
¿Qué es la facturación electrónica?
Por otro lado, la facturación electrónica viene regulada por la Ley Crea y Crece y establece la obligación de utilizar facturas electrónicas en determinadas operaciones realizadas entre empresas y profesionales (operaciones B2B à Business to Business).
Además, esta normativa permitirá una mayor comunicación entre empresas, ya que los sistemas deberán facilitar información sobre el estado de las facturas, como si han sido aceptadas, rechazadas o pagadas.
Plazos de aplicación de VeriFactu
Los plazos establecidos son los siguientes:
- A partir del 1 de enero de 2027: para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- A partir del 1 de julio de 2027: para autónomos y profesionales que desarrollen actividades económicas y tributen por IRPF o IRNR.
Plazos de aplicación de la facturación electrónica
En cuanto a la facturación electrónica, los plazos previstos son:
- 1 de octubre de 2027: para empresas y profesionales con una facturación anual superior a 8 millones de euros.
- 1 de octubre de 2028: para el resto de empresas y profesionales.
Por tanto, para conocer cuándo te afectan estas obligaciones es necesario tener en cuenta principalmente dos factores:
Si desarrollas tu actividad como empresa o como autónomo/profesional.
El volumen de facturación anual obtenido en el ejercicio anterior.
Por ejemplo, una empresa que facture 2 millones de euros deberá estar adaptada a VeriFactu desde el 1 de enero de 2027, pero tendrá hasta el 1 de octubre de 2028 para la obligación de facturación electrónica con otros negocios.
¿Cómo puedes prepararte para estos cambios?
Los negocios pueden adaptarse a VeriFactu y facturación electrónica de una forma sencilla mediante un programa de facturación que cumpla con todos los requisitos establecidos por la normativa.
Estas herramientas permitirán, entre otras funciones:
- Crear facturas cumpliendo los requisitos legales exigidos.
- Automatizar procesos de emisión y envío de facturas.
- Controlar el estado de las facturas emitidas y recibidas.
- Facilitar la gestión contable y fiscal.
- Reducir errores y mejorar la organización administrativa del negocio.
Las últimas novedades sobre facturación electrónica despejan las incógnitas que aún se cernían sobre esta nueva obligación normativa.
Nuestro consejo es que no esperes al último momento para realizar la adaptación. Aunque todavía queda margen, la implantación de estas obligaciones afectará a todos los negocios y será importante contar con un sistema preparado para evitar problemas o cambios de última hora.
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Después de varios años de espera e incertidumbre, ya se conoce los plazos definitivos para la implantación de estas nuevas obligaciones. Por ello, es importante que empieces a familiarizarte con estos cambios y puedas preparar con tiempo la adaptación de tu sistema de facturación.
Ambas normativas tienen un objetivo común: avanzar hacia una mayor digitalización de los procesos de facturación, mejorar la trazabilidad de las operaciones y reforzar el control sobre la información enviada a la Agencia Tributaria. Sin embargo, es importante diferenciar entre ambas obligaciones, ya que no afectan exactamente de la misma forma.
¿Qué es VeriFactu?
VeriFactu nace de la Ley Antifraude y afecta a los sistemas utilizados para emitir facturas. Su finalidad es garantizar que las facturas se generen mediante programas que aseguren la integridad, conservación y trazabilidad de los registros de facturación, evitando modificaciones posteriores que no queden registradas.
Esto implica que los programas de facturación deberán estar adaptados a los nuevos requisitos técnicos establecidos por la normativa, incluyendo aspectos como la generación de códigos QR y la posibilidad de remitir los registros de facturación a la Agencia Tributaria cuando corresponda.
¿Qué es la facturación electrónica?
Por otro lado, la facturación electrónica viene regulada por la Ley Crea y Crece y establece la obligación de utilizar facturas electrónicas en determinadas operaciones realizadas entre empresas y profesionales (operaciones B2B à Business to Business).
Además, esta normativa permitirá una mayor comunicación entre empresas, ya que los sistemas deberán facilitar información sobre el estado de las facturas, como si han sido aceptadas, rechazadas o pagadas.
Plazos de aplicación de VeriFactu
Los plazos establecidos son los siguientes:
- A partir del 1 de enero de 2027: para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- A partir del 1 de julio de 2027: para autónomos y profesionales que desarrollen actividades económicas y tributen por IRPF o IRNR.
Plazos de aplicación de la facturación electrónica
En cuanto a la facturación electrónica, los plazos previstos son:
- 1 de octubre de 2027: para empresas y profesionales con una facturación anual superior a 8 millones de euros.
- 1 de octubre de 2028: para el resto de empresas y profesionales.
Por tanto, para conocer cuándo te afectan estas obligaciones es necesario tener en cuenta principalmente dos factores:
Si desarrollas tu actividad como empresa o como autónomo/profesional.
El volumen de facturación anual obtenido en el ejercicio anterior.
Por ejemplo, una empresa que facture 2 millones de euros deberá estar adaptada a VeriFactu desde el 1 de enero de 2027, pero tendrá hasta el 1 de octubre de 2028 para la obligación de facturación electrónica con otros negocios.
¿Cómo puedes prepararte para estos cambios?
Los negocios pueden adaptarse a VeriFactu y facturación electrónica de una forma sencilla mediante un programa de facturación que cumpla con todos los requisitos establecidos por la normativa.
Estas herramientas permitirán, entre otras funciones:
- Crear facturas cumpliendo los requisitos legales exigidos.
- Automatizar procesos de emisión y envío de facturas.
- Controlar el estado de las facturas emitidas y recibidas.
- Facilitar la gestión contable y fiscal.
- Reducir errores y mejorar la organización administrativa del negocio.
Las últimas novedades sobre facturación electrónica despejan las incógnitas que aún se cernían sobre esta nueva obligación normativa.
Nuestro consejo es que no esperes al último momento para realizar la adaptación. Aunque todavía queda margen, la implantación de estas obligaciones afectará a todos los negocios y será importante contar con un sistema preparado para evitar problemas o cambios de última hora.