Actualidad - subvenciones cofenat para 2018
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10 de abril de 2018
SUBVENCIONES COFENAT PARA 2018
SUBVENCIONES COFENAT PARA 2018
Estimad@ soci@,
Te presentamos las condiciones para solicitar la subvención de formación de 2017-2018, por importe de 15.000€, que fue aprobada el pasado 18 de febrero en la Asamblea General ordinaria de socios de APTN_COFENAT.
PLAZOS:
Envío documentación: del 01 de marzo al 30 de abril. (ambos inclusive).
Aprobación subvención: del 01 de mayo al 15 de mayo.
Subsanación errores en subvenciones denegadas: del 15 de mayo al 31 de mayo.
Fecha de inicio abono subvenciones: 01 de junio.
SUBVENCIÓN:
Þ 15% de la base imponible del curso.
Þ Se realizará por riguroso orden de recepción hasta agotar la subvención. Toda la documentación y gestiones se realizarán desde [email protected].
Þ Se subvencionará un curso máximo por soci@.
REQUISITOS:
Þ Ser socio con un mínimo de antigüedad de 12 meses, o en su defecto haber efectuado el pago anual.
Þ Estar al corriente de pago.
Þ Los socios que no cumplan con la permanencia anterior, o en su defecto, no haber realizado el pago anual, podrán solicitar la subvención siempre que entreguen una fianza de 225€. Una vez superado los 12 meses será devuelta dicha fianza.
Þ No ser director, trabajador o familiar de la escuela donde se realice la formación y para el que se solicita la subvención del curso.
Þ Estar dado de alta en la Seguridad Social, bien como autónomos o a través de la cooperativa y estar en posesión de un seguro de Responsabilidad Civil en vigor.
Þ Solo se subvencionarán cursos de Terapias Naturales.
DOCUMENTACIÓN:
Þ Las facturas deben corresponder a fechas comprendidas entre el 01 de septiembre de 2017 y 01 de septiembre de 2018.
1.– Para los cursos realizados en centros de formación del Gremio de Escuelas de APTN_COFENAT:
A.– Factura/s y en su defecto factura proforma de no haber pagado el curso completo; en dicha factura debe reflejarse claramente la fecha de inicio y finalización del curso.
Una vez finalizado el pago, será imprescindible presentar la factura, si se presentó factura proforma, para ser abonada la subvención.
2.– Para los cursos en centros no pertenecientes al Gremio de Escuelas de APTN_COFENAT:
A.– Factura/s y en su defecto factura proforma de no haber pagado el curso completo; en dicha factura debe reflejarse claramente la fecha de inicio y finalización del curso.
Una vez finalizado el pago, será imprescindible presentar la factura, si se presentó factura proforma, para ser abonada la subvención.
B.– Plan formativo y horas lectivas del curso, sellado y firmado por el director del centro.
C.– Curriculum Vitae de los profesores, sellado y firmado por el director del centro, sin datos personales únicamente nombre y apellidos.
D.– Certificación del centro, firmada por el director del mismo, dando fe de los documentos aportados y que los mismos con reales auténticos.
En el caso que la escuela cobrara por dicho certificado, puedes solicitarnos el modelo para que la escuela solo tenga que firmarlo.
3.– Para los cursos en universidades de Terapias Naturales.
A.– Factura/s y en su defecto factura proforma de no haber pagado el curso completo; en dicha factura debe reflejarse claramente la fecha de inicio y finalización del curso.
Una vez finalizado el pago, será imprescindible presentar la factura, si se presentó factura proforma, para ser abonada la subvención.
EXCEPCIONES PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN:
NO SE CONCEDERÁ LA SUBVENCIÓN A LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
1.– No estar al corriente de pagos.
2.-- No enviar en tiempo y forma los requisitos solicitados.
3.– Enviar sin sello y firmar por la Escuela los documentos requeridos.
4.– Facturas proforma cuyo importe difiere de las facturas presentadas.
5.– Facturas proforma sin fecha de inicio ni finalización del curso.
6.–Cursos celebrados en Escuelas que estén expedientadas, incurran o hayan incurrido en deslealtad a los fines de la Asociación y/o Escuelas adheridas a Asociaciones que hayan o estén en litigio con APTN_COFENAT.
Más información en dpto.[email protected]
Estimad@ soci@,
Te presentamos las condiciones para solicitar la subvención de formación de 2017-2018, por importe de 15.000€, que fue aprobada el pasado 18 de febrero en la Asamblea General ordinaria de socios de APTN_COFENAT.
PLAZOS:
Envío documentación: del 01 de marzo al 30 de abril. (ambos inclusive).
Aprobación subvención: del 01 de mayo al 15 de mayo.
Subsanación errores en subvenciones denegadas: del 15 de mayo al 31 de mayo.
Fecha de inicio abono subvenciones: 01 de junio.
SUBVENCIÓN:
Þ 15% de la base imponible del curso.
Þ Se realizará por riguroso orden de recepción hasta agotar la subvención. Toda la documentación y gestiones se realizarán desde [email protected].
Þ Se subvencionará un curso máximo por soci@.
REQUISITOS:
Þ Ser socio con un mínimo de antigüedad de 12 meses, o en su defecto haber efectuado el pago anual.
Þ Estar al corriente de pago.
Þ Los socios que no cumplan con la permanencia anterior, o en su defecto, no haber realizado el pago anual, podrán solicitar la subvención siempre que entreguen una fianza de 225€. Una vez superado los 12 meses será devuelta dicha fianza.
Þ No ser director, trabajador o familiar de la escuela donde se realice la formación y para el que se solicita la subvención del curso.
Þ Estar dado de alta en la Seguridad Social, bien como autónomos o a través de la cooperativa y estar en posesión de un seguro de Responsabilidad Civil en vigor.
Þ Solo se subvencionarán cursos de Terapias Naturales.
DOCUMENTACIÓN:
Þ Las facturas deben corresponder a fechas comprendidas entre el 01 de septiembre de 2017 y 01 de septiembre de 2018.
1.– Para los cursos realizados en centros de formación del Gremio de Escuelas de APTN_COFENAT:
A.– Factura/s y en su defecto factura proforma de no haber pagado el curso completo; en dicha factura debe reflejarse claramente la fecha de inicio y finalización del curso.
Una vez finalizado el pago, será imprescindible presentar la factura, si se presentó factura proforma, para ser abonada la subvención.
2.– Para los cursos en centros no pertenecientes al Gremio de Escuelas de APTN_COFENAT:
A.– Factura/s y en su defecto factura proforma de no haber pagado el curso completo; en dicha factura debe reflejarse claramente la fecha de inicio y finalización del curso.
Una vez finalizado el pago, será imprescindible presentar la factura, si se presentó factura proforma, para ser abonada la subvención.
B.– Plan formativo y horas lectivas del curso, sellado y firmado por el director del centro.
C.– Curriculum Vitae de los profesores, sellado y firmado por el director del centro, sin datos personales únicamente nombre y apellidos.
D.– Certificación del centro, firmada por el director del mismo, dando fe de los documentos aportados y que los mismos con reales auténticos.
En el caso que la escuela cobrara por dicho certificado, puedes solicitarnos el modelo para que la escuela solo tenga que firmarlo.
3.– Para los cursos en universidades de Terapias Naturales.
A.– Factura/s y en su defecto factura proforma de no haber pagado el curso completo; en dicha factura debe reflejarse claramente la fecha de inicio y finalización del curso.
Una vez finalizado el pago, será imprescindible presentar la factura, si se presentó factura proforma, para ser abonada la subvención.
EXCEPCIONES PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN:
NO SE CONCEDERÁ LA SUBVENCIÓN A LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
1.– No estar al corriente de pagos.
2.-- No enviar en tiempo y forma los requisitos solicitados.
3.– Enviar sin sello y firmar por la Escuela los documentos requeridos.
4.– Facturas proforma cuyo importe difiere de las facturas presentadas.
5.– Facturas proforma sin fecha de inicio ni finalización del curso.
6.–Cursos celebrados en Escuelas que estén expedientadas, incurran o hayan incurrido en deslealtad a los fines de la Asociación y/o Escuelas adheridas a Asociaciones que hayan o estén en litigio con APTN_COFENAT.
Más información en dpto.[email protected]